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Familia joven feliz

"El camino se hace al andar"...

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Peticiones Familiares

La reunificación familiar es uno de los pilares más importantes del sistema migratorio de Estados Unidos. A través de las Peticiones Familiares, los ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes legales pueden solicitar que ciertos miembros de su familia obtengan una residencia permanente (Green Card) y vivan legalmente en el país. En Andar por el Mundo te ofrecemos la información paso a paso para determinar si calificas, qué familiares puedes patrocinar y qué documentos necesitas para presentar una solicitud sólida y sin errores.

Quiénes pueden pedir a quién

1. Ciudadanos estadounidenses pueden solicitar a:

Esposo(a)

Hijos solteros menores de 21 años

Hijos solteros mayores de 21 años

Hijos casados de cualquier edad

Padres (si el ciudadano tiene 21+ años)

Hermanos (si el ciudadano tiene 21+ años)

2. Residentes Permanentes (Green Card holders) pueden solicitar a:

Esposo(a)

Hijos solteros menores de 21 años

Hijos solteros mayores de 21 años

(Los residentes NO pueden pedir padres ni hermanos)

Categorías y tiempos de espera

Las peticiones se procesan según categorías preferenciales y disponibilidad anual de visas.
Los tiempos pueden variar según el país del beneficiario y la categoría familiar.

- Parientes inmediatos (esposo, padres e hijos menores de 21 de ciudadanos): no tienen límite anual; son procesos más rápidos

- Otras categorías pueden tener esperas de meses o años según el “Boletín de Visas”.

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Proceso

  1. Verificación de la elegibilidad y documentos

  2. Presentación del Formulario I-130 ante USCIS

  3. Pago de tarifas y envío de documentos probatorios.

  4. Proceso consular en el país de origen o ajuste de estatus si ya está en EE. UU.

  5. USCIS o Consulado hará entrevista final y emisión de la residencia permanente si cumples con todos los requisitos.

​​

Si todavía eres prometida(o) de un(a) ciudadano(a) estadounidense y te encuentras en tu país destino sin visa, el proceso cambia un poco

 

La Visa K-1 permite que un ciudadano estadounidense traiga a su prometido(a) extranjero(a) a Estados Unidos con el propósito de casarse dentro de los primeros 90 días después de su llegada. Una vez realizado el matrimonio, la persona puede solicitar el Ajuste de Estatus para obtener la Green Card y vivir legalmente en el país como residente permanente.

La Visa K-1 requiere demostrar que la relación es real y estable, que ambas personas están libres para casarse y que se han visto en persona en los últimos 2 años (con pocas excepciones).
También permite incluir a los hijos menores del prometido(a) mediante la Visa K-2.

Es una de las formas más rápidas y directas para unir parejas y comenzar una vida juntos en Estados Unidos.

Nuestro objetivo es que puedas reunirte con tus seres queridos de manera segura, legal y sin complicaciones.

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Visa Vawa

La ley VAWA permite que ciertas personas que han sufrido abuso o violencia por parte de un familiar estadounidense o residente permanente puedan solicitar la residencia sin depender del agresor.  Es un proceso confidencial, humanitario y creado para que las víctimas puedan reconstruir su vida en un entorno seguro.

 

En Andar por el Mundo, acompañamos cada caso con sensibilidad, respeto y la guía legal necesaria para que el solicitante pueda presentar una petición sólida y protegida.

 

¿Quiénes pueden aplicar a VAWA?

Pueden presentar una auto-petición quienes hayan sufrido abuso físico o emocional por parte de:

 

1. Ciudadano estadounidense:

Esposo(a) o ex esposo(a)

Hijo(a) menor de 21 años

Padre o madre (si la víctima es menor de 21)

2. Residente permanente (Green Card holder):

Esposo(a) o ex esposo(a)

Hijo(a) menor de 21 años

 

La víctima puede incluir a sus hijos en la petición, dependiendo del caso.

 

¿Qué tipo de abuso califica?

No solo se trata de violencia física. Otros tipos de maltrato pueden ser considerados:

Abuso psicológico o emocional

Amenazas, control extremo o intimidación

Aislamiento o manipulación

Abuso financiero

Violencia doméstica en cualquier forma

USCIS evalúa el patrón de comportamiento, no solo un incidente.

 

Beneficios de aplicar a VAWA

Presentación del caso sin que el agresor lo sepa.

Posibilidad de obtener permiso de trabajo.

Elegibilidad para la residencia permanente (Green Card).

Acceso a ciertos beneficios públicos según el estado.

Protección legal frente a deportación en muchos casos.

Proceso

Evaluación confidencial del caso

Preparación del Formulario I-360 con evidencias de la relación y del abuso

Solicitud de permiso de trabajo (si aplica)

Esperar la decisión de USCIS

Ajuste de estatus a residente permanente

Cada paso se maneja con estricta confidencialidad para proteger al solicitante.

Nuestro compromiso es ayudarte a encontrar una salida segura y legal para construir una nueva vida en Estados Unidos.

Visa U

La Visa U es un programa humanitario de Estados Unidos creado para proteger a personas que han sido víctimas de ciertos delitos y que colaboran con las autoridades en la investigación o el proceso judicial.

Esta visa brinda seguridad, estabilidad y un camino hacia la residencia permanente, permitiendo que la víctima continúe su vida en un entorno más seguro. 

 

En Andar por el Mundo, guiamos a nuestros clientes con profesionalismo y sensibilidad, asegurando un proceso ordenado y respetuoso.

¿Quién puede aplicar a la Visa U?

Pueden solicitar la Visa U las personas que:

Han sido víctimas de un crimen grave dentro de los EE. UU.

Han sufrido abuso físico, psicológico o emocional como resultado del delito.

Colaboran o están dispuestas a colaborar con la policía, fiscales o autoridades.

Obtienen la certificación oficial de una autoridad (formulario I-918B).

También pueden calificar ciertos familiares directos, dependiendo del estatus del solicitante principal.

Delitos que califican

La ley incluye una lista de crímenes que hacen elegible a la persona para esta visa, entre ellos:

Violencia doméstica

Asalto sexual

Trata de personas

Secuestro

Extorsión

Abuso físico

Amenazas severas

Acecho (stalking)

Crueldad mental o emocional

Otros delitos semejantes

Lo importante es demostrar que el delito causó daño sustancial y que la víctima apoyó o está dispuesta a apoyar a las autoridades.

 

Beneficios de la Visa U

Estatus legal por 4 años

Permiso de trabajo (EAD)

Posibilidad de incluir a determinados familiares

Acceso a ciertos beneficios según el estado

Después de 3 años, elegibilidad para la Green Card

Mayor protección contra la deportación

Es uno de los programas humanitarios más fuertes y con mayor estabilidad a largo plazo.

 

Proceso

Evaluación de tu caso

Obtención del Formulario I-918B (certificación de la autoridad)

Preparación del paquete con evidencia del crímen y del daño sufrido

Envío de la solicitud a USCIS

Obtención de permiso de trabajo y colocación en lista de espera, si aplica

Acceso al estatus U cuando haya disponibilidad

Opciones para residencia después de 3 años

Cada caso es completamente confidencial y debe manejarse con cuidado.

Nuestro compromiso es apoyarte en uno de los procesos más delicados y significativos de la inmigración humanitaria en EE. UU.

 

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Visa T

La Visa T es un estatus humanitario creado para proteger a personas que han sido víctimas de trata de personas, ya sea por explotación laboral, servidumbre, coerción o explotación sexual. Este programa permite que la víctima reciba estabilidad migratoria, permiso de trabajo y apoyo legal, además de ofrecer un camino hacia la residencia permanente.

 

En Andar por el Mundo, acompañamos cada caso con la máxima confidencialidad, sensibilidad y experiencia profesional.

 

¿Quién puede aplicar a la Visa T?

Pueden solicitar esta visa las personas que:

Han sido víctimas de trata de personas dentro de EE. UU. o fueron traídas al país como parte del delito.

Han sufrido coerción, engaño, abuso o explotación laboral/sexual.

Cooperan razonablemente con las autoridades en la investigación o proceso judicial (con excepciones para menores o víctimas traumatizadas).

Estarían en peligro extremo si regresaran a su país de origen.

La Visa T también permite incluir a ciertos familiares, dependiendo de la edad del solicitante.

 

Tipos de explotación que califican

La trata de personas puede presentarse de diversas maneras, entre ellas:

Trabajo forzado o servidumbre

Amenazas, abuso psicológico o físico

Explotación sexual o prostitución forzada

Retención de documentos

Manipulación, coerción o engaño

Tráfico con fines de explotación laboral

Cualquier forma de explotación para obtener trabajo, servicios o favores sexuales

 

USCIS evalúa el impacto y el nivel de control o abuso, no solo un hecho puntual.

 

Beneficios de la Visa T

Estatus legal por 4 años

Permiso de trabajo

Posibilidad de traer a ciertos familiares

Acceso a servicios de apoyo para víctimas

Protección contra deportación

Después de 3 años, elegibilidad para la Green Card

 

Es una de las visas humanitarias más completas y protectoras dentro del sistema migratorio.

 

Proceso

Evaluación confidencial del caso y del tipo de explotación

Recolección de evidencia del abuso, coerción o explotación sufrida

Documentación sobre cooperación con autoridades (cuando aplica)

Presentación del Formulario I-914 ante USCIS

Solicitud de permiso de trabajo

Aprobación y acceso a beneficios aplicables

Solicitud de residencia después de 3 años

Cada caso requiere un análisis detallado para demostrar tanto la explotación como el riesgo de retorno.

 

Nuestro objetivo es brindarte seguridad, estabilidad y una nueva oportunidad de vida en Estados Unidos.

Visa Juvenil

La Visa Juvenil, conocida oficialmente como Estatus de Inmigrante Juvenil Especial (SIJS), es una protección migratoria diseñada para menores que han sufrido abandono, abuso o negligencia por parte de uno o ambos padres. Este programa permite que el joven obtenga un estatus legal, permiso de trabajo y eventualmente la residencia permanente en Estados Unidos.

 

En Andar por el Mundo, acompañamos estos casos con profunda sensibilidad, profesionalismo y total confidencialidad.

 

¿Quién puede aplicar a la Visa Juvenil (SIJS)?

Un menor puede calificar si cumple con estos criterios:

Tiene menos de 21 años al momento de aplicar (según el estado).

No está casado.

Ha sido víctima de abandono, abuso o negligencia por parte de uno o ambos padres.

Un tribunal estatal de menores determina que no es seguro volver con su padre/madre ni regresar a su país de origen.

El menor está bajo custodia de un familiar, tutor, agencia estatal o corte juvenil.

 

Es una vía destinada a proteger a jóvenes vulnerables y garantizarles estabilidad.

 

Beneficios de la SIJS

Permiso de trabajo

Estatus legal en EE. UU.

Camino a la residencia permanente (Green Card)

Protección contra deportación

Acceso a ciertos beneficios estatales para menores

Posibilidad de una vida más estable y segura

Es una de las opciones más sólidas para jóvenes que necesitan protección urgente.

 

¿Qué situaciones pueden calificar?

Abandono por uno o ambos padres

Maltrato físico o emocional

Falta de cuidado básico (alimentación, salud, vivienda, educación)

Padres ausentes, fallecidos o incapaces de cuidar al menor

Riesgo de violencia, abuso o explotación si regresa a su país

Menores traídos a EE. UU. y luego dejados a su suerte

 

Cada caso debe ser evaluado cuidadosamente por un tribunal de menores y USCIS.

 

Proceso

Evaluación inicial del caso

Proceso en la Corte Juvenil para obtener una orden que certifique la situación del menor

Presentación del Formulario I-360 ante USCIS

Solicitud del permiso de trabajo

Espera de aprobación de la SIJS

Aplicación a la Green Card cuando la categoría esté disponible

 

Es un proceso legal sensible que combina pasos estatales y federales.

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Solicitudes de Refugio o Asilo

Estados Unidos ofrece dos formas principales de protección humanitaria para personas que escapan de persecución, violencia extrema o peligro en su país de origen: Asilo y Refugio.  Ambos programas permiten buscar seguridad, estatus legal y un camino hacia la residencia permanente, dependiendo de dónde se encuentre la persona al iniciar su solicitud.

En Andar por el Mundo, brindamos información seria, confiable y totalmente confidencial para quienes necesitan orientación en estos procesos tan sensibles.

¿Cuál es la diferencia entre Asilo y Refugio?

 

Asilo:

Es para personas que:

Ya se encuentran dentro de Estados Unidos o en un punto de entrada de puerto de entrada)

Temen regresar a su país por motivos protegidos en la ley

Solicitan protección una vez en territorio estadounidense

Presentan el Formulario I-589

Pueden aplicar por la vía afirmativa (USCIS) o defensiva (Corte de Inmigración)

 

Refugio (Refugee Status)

Es para personas que:

Se encuentran fuera de Estados Unidos

Solicitan protección desde su país de acogida o desde un proceso autorizado por organismos internacionales

Deben pasar entrevistas de seguridad, exámenes médicos y verificación de elegibilidad antes de viajar a EE. UU.

Llegan al país con estatus de refugiado, permiso de trabajo y apoyo inicial

 

Ambos programas tienen estándares similares, pero procesos completamente distintos.

 

¿Quién califica para Asilo o Refugio?

Debe existir persecución pasada o un temor real y fundamentado de persecución por motivos de:

Raza

Religión

Nacionalidad

Opinión política

Pertenencia a un grupo social particular

(como violencia doméstica extrema, orientación sexual, identidad de género, víctimas de pandillas, entre otros según la ley vigente)

El solicitante debe demostrar su historia con pruebas y una declaración coherente y detallada.

 

Beneficios del Asilo y Refugio

Protección contra deportación o repatriación

Posibilidad de obtener permiso de trabajo

Acceso a ciertos programas de apoyo humanitario

Si es aprobado el Asilo y después de 1 año; elegibilidad para aplicar a la Green Card

Posibilidad de traer a familiares inmediatos

Oportunidad de reconstruir la vida en un entorno seguro

Proceso de Asilo

Evaluación inicial del caso

Preparación de declaración personal y evidencia de persecución

Presentación del Formulario I-589

Toma de huellas y verificaciones biométricas

Entrevista de asilo o audiencia en corte

Aprobación o continuación del proceso legal

Solicitud de Green Card después de 1 año como asilado

 

Asilo Afirmativo

 

Para personas que:

 

Están dentro de EE. UU.

 

Presentan su caso directamente ante USCIS

 

Lo solicitan en el primer año después de llegar (con excepciones)

 

Asilo Defensivo

 

Para personas que:

 

Están en proceso de deportación

 

Presentan su caso ante un juez de inmigración

 

Proceso de Refugio

Evaluación inicial por organismos internacionales o por programas autorizados

Entrevistas de seguridad y elegibilidad

Pruebas de persecución y revisión del caso

Aprobación y reubicación en EE. UU.

Apoyo inicial y permiso de trabajo

Aplicación a la Green Card después de 1 año (si es aprobado)

Perdones Migratorios (Waivers)

¿Qué es un “waiver” o perdón migratorio?

Los perdones migratorios, también llamados waivers, son herramientas legales que permiten que una persona que ha sido considerada “inadmisible” por las autoridades de inmigración pueda continuar con su proceso de visa o residencia. Es decir, son recursos que ayudan a corregir o resolver situaciones del pasado para que tu sueño de vivir legalmente en Estados Unidos no se detenga.

Tipos de Waivers

 

Existen varios tipos de waivers, según la causa de la inadmisibilidad y la situación migratoria del solicitante. Entre los más comunes están:

I-601 – Perdón por causas generales de inadmisibilidad
Permite corregir diferentes motivos que impiden aprobar una visa o residencia.

I-601A – Perdón provisional por presencia ilegal
Para personas que necesitan salir del país a su entrevista consular, pero buscan evitar la separación prolongada de su familia.

I-212 – Permiso para volver a solicitar admisión
Aplicable a quienes tuvieron una deportación previa y desean regresar legalmente.

 

¿Cuándo se necesita aplicar?

 

Un perdón puede ser necesario si tu caso presenta situaciones como:

  • Presencia ilegal prolongada en EE. UU. (castigos de 3 o 10 años).

  • Una deportación o remoción previa.

  • Errores migratorios, uso indebido de una visa o falsa declaración.

  • Ciertas ofensas menores no graves.

  • Motivos médicos o humanitarios que requieren una exención.

No todas las situaciones son perdonables, pero muchas sí tienen solución con la estrategia correcta.

Sin embargo, no todas las causas se pueden perdonar. Crímenes graves, delitos de seguridad nacional, tráfico de drogas pesado, tráfico o trata de personas, violación sexual y ciertos delitos graves. 

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¿Qué se necesita para solicitar un perdón?

Cada caso es diferente, pero normalmente se debe demostrar:

- Relación familiar con un ciudadano o residente (si aplica).

- Dificultad extrema (extreme hardship) que sufriría la familia si el perdón no se concede.

- Documentos médicos, psicológicos, económicos o sociales que respalden la situación.

- Historial claro de la situación que llevó a la inadmisibilidad.

La clave está en presentar un caso bien argumentado, organizado y con evidencia sólida.

También puede probar que la negativa causaría un daño grave a familiares elegibles (cónyuge, padres, hijos) con ciudadanía o residencia..

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